Funciones

El Acuerdo 076 de 1994 fija las siguientes funciones para la Oficina de Control Interno:

  • Asesorar al Rector en el establecimiento, mantenimiento y perfeccionamiento del sistema de control interno, el cual debe ser adecuado a las modificaciones estructurales y a los planes y programas de desarrollo institucional.
  • Evaluar en forma independiente el sistema de control interno y proponer las recomendaciones para mejorarlo.
  • Planear, dirigir y organizar las actividades necesarias que permitan implantar el sistema de control interno dentro de la Universidad y que su ejecución sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todas las dependencias y cargos, en particular de aquellos que tienen responsabilidad de mando.
  • Verificar que los controles asociados a los procesos y actividades de la Universidad, estén adecuadamente definidos, sean apropiados, se mejoren permanentemente y se cumplan por los responsables de su ejecución y, en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación de los regímenes disciplinarios ejerzan adecuadamente su función.
  • Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, planes, programas, proyectos, procedimientos y metas de la Universidad y recomendar los ajustes necesarios.
  • Velar porque todas las actividades de la Universidad, en sus aspectos académicos, administrativos y financieros, sean cumplidos con eficiencia, eficacia y economía acorde con los objetivos y metas de la institución.
  • Realizar evaluaciones periódicas del área académica con el fin de emitir recomendaciones que brinden herramientas necesarias para ajustar y perfeccionar eventualmente los programas ofrecidos por la Universidad, de tal manera que cumplan con los objetivos propuestos y logren las expectativas de la comunidad en general.
  • Servir de apoyo a las unidades de dirección institucional y académica en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados.
  • Garantizar que los diferentes niveles de autoridad ejerzan una adecuada y objetiva delegación de funciones, facilitando la idónea ejecución de las mismas.
  • Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y sistemas de información de la Universidad y recomendar los correctivos que sean necesarios.
  • Fomentar en todas las dependencias de la Universidad la formación de una cultura del control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.
  • Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, definidos por el Consejo Superior Universitario.
  • Mantener permanentemente informados a los directivos de la Universidad sobre el estado del control interno, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.
  • Verificar que se implanten las medidas recomendadas a cada una de las unidades de la Universidad.
  • Las demás funciones que le sean asignadas por normas legales o reglamentarias o por el Rector de acuerdo con el carácter de sus funciones.